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ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN: COMO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE TRABAJO, TRAS SUPERAR LA FORMACIÓN LABORAL

En la última instrucción de la Secretaria   de Estado de Migraciones  sobre  las  autorizaciones de residencia  temporal por motivos de arraigo previstas en el artículo 124 del Reglamento de Extranjería y específicamente al arraigo para  formación, se establecen los  requisitos para solicitar la  autorización de trabajo por cuenta  ajena  una vez  superada con aprovechamiento la  formación con la  que  inicialmente  se obtuvo el permiso de residencia y estando aun la autorización en vigor.

¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO  POR  ARRAIGO  PARA LA  FORMACIÓN?

Entre los requisitos  para  obtener  la autorización de trabajo  está  la presentación de contrato  de trabajo el cual debe estar relacionado con la  familia profesional de la formación realizada y acreditada su  aprovechamiento, la percepción del  salario  establecido por el convenio colectivo aplicable o el salario mínimo interprofesional admitiéndose uno  o varios contratos a tiempo parcial siempre que  se cumpla en un cómputo global anual con dicho salario admitiéndose contrataciones fijas  discontinuas, temporales y en general todas las modalidades contractuales que  contemple la legislación  laboral  vigente, .en el caso de tener a cargo menores o personas que  requieran apoyo para ejercitar  su capacidad  jurídica   se admite la presentación  de  contrato laboral  de mínimo  20 horas  semanales y por tanto la reducción  proporcional de la retribución salarial.

 ¿POR CUANTO TIEMPO OTORGAN EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO? 

El permiso de  trabajo y residencia tendrá una  duración de  dos años condicionado a estar de alta en la Seguridad Social.

¿SE PUEDE  RENOVAR LA AUTORIZACIÓN DE  RESIDENCIA Y TRABAJO POR  ARRAIGO PARA LA  FORMACIÓN?

Finalizada esta autorización se podrá renovar por el procedimiento general para  autorizaciones por  circunstancias  excepcionales   que  contempla  el artículo 202 del Reglamento de  Extranjería.

¿QUE  DOCUMENTACIÓN SE DEBE PRESENTAR PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN  DE  RESIDENCIA  A RESIDENCIA Y TRABAJO  POR  ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN?

  • Se debe  presentar el  formulario (EX_ 10)  cumplimentado y  firmado.
  • Contrato de trabajo firmado por  empleador y trabajador que garantice  un salario mínimo  interprofesional  o  el  establecido  por  convenio colectivo aplicable.
  • Certificación  de haber  superado  la  formación.
  • Copia  de la resolución  de la  concesión  de  residencia  por arraigo por formación  que  se  pretende modificar.
  • Fotocopia  de  TIE que  documenta  la autorización de residencia por circunstancias  excepcionales por  arraigo para la  formación.
  • Empadronamiento actualizado.
  • Abono de la tasa: modelo 790 código 052,  autorización de residencia y trabajo por  circunstancias  excepcionales.

Información completa en: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

 

 

 

 

 

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