ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN: COMO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE TRABAJO, TRAS SUPERAR LA FORMACIÓN LABORAL
En la última instrucción de la Secretaria de Estado de Migraciones sobre las autorizaciones de residencia temporal por motivos de arraigo previstas en el artículo 124 del Reglamento de Extranjería y específicamente al arraigo para formación, se establecen los requisitos para solicitar la autorización de trabajo por cuenta ajena una vez superada con aprovechamiento la formación con la que inicialmente se obtuvo el permiso de residencia y estando aun la autorización en vigor.
¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN?
Entre los requisitos para obtener la autorización de trabajo está la presentación de contrato de trabajo el cual debe estar relacionado con la familia profesional de la formación realizada y acreditada su aprovechamiento, la percepción del salario establecido por el convenio colectivo aplicable o el salario mínimo interprofesional admitiéndose uno o varios contratos a tiempo parcial siempre que se cumpla en un cómputo global anual con dicho salario admitiéndose contrataciones fijas discontinuas, temporales y en general todas las modalidades contractuales que contemple la legislación laboral vigente, .en el caso de tener a cargo menores o personas que requieran apoyo para ejercitar su capacidad jurídica se admite la presentación de contrato laboral de mínimo 20 horas semanales y por tanto la reducción proporcional de la retribución salarial.
¿POR CUANTO TIEMPO OTORGAN EL PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO?
El permiso de trabajo y residencia tendrá una duración de dos años condicionado a estar de alta en la Seguridad Social.
¿SE PUEDE RENOVAR LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN?
Finalizada esta autorización se podrá renovar por el procedimiento general para autorizaciones por circunstancias excepcionales que contempla el artículo 202 del Reglamento de Extranjería.
¿QUE DOCUMENTACIÓN SE DEBE PRESENTAR PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE RESIDENCIA A RESIDENCIA Y TRABAJO POR ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN?
- Se debe presentar el formulario (EX_ 10) cumplimentado y firmado.
- Contrato de trabajo firmado por empleador y trabajador que garantice un salario mínimo interprofesional o el establecido por convenio colectivo aplicable.
- Certificación de haber superado la formación.
- Copia de la resolución de la concesión de residencia por arraigo por formación que se pretende modificar.
- Fotocopia de TIE que documenta la autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo para la formación.
- Empadronamiento actualizado.
- Abono de la tasa: modelo 790 código 052, autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales.
Información completa en: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones